Las reglas de Oregón para la entrega de alcohol ahora son permanentes, y con ellas viene un conjunto de requisitos de capacitación que varían según quién realice la entrega. Ya sea que usted sea un licenciatario que está estableciendo un programa de entrega o un repartidor que intenta comprender qué credenciales necesita, esta publicación lo explica todo.
Cronología de la entrega de alcohol en Oregón
En 2020, los cierres por la pandemia de COVID causaron grandes dificultades a la industria de alimentos y bebidas. Declarando una emergencia, la Comisión de Licores y Cannabis de Oregón (OLCC, por sus siglas en inglés) relajó temporalmente las restricciones y permitió a los restaurantes comenzar a vender cócteles para llevar.
En vigor a partir del 1 de enero de 2022, Proyecto de Ley del Senado 317 codificó muchos de los privilegios temporales, permitiendo además a los titulares de licencias de venta total en establecimiento a realizar ventas minoristas de bebidas mezcladas y porciones individuales de vino para consumo fuera del establecimiento.
Proyecto de Ley 3308 autorizó a la OLCC a emitir permisos de entrega a solicitantes calificados para la entrega de bebidas alcohólicas a los consumidores finales.
En respuesta al Proyecto de Ley 3308, las reglas temporales entraron en vigor en enero de 2024 permitiendo la entrega de bebidas alcohólicas a los consumidores finales. El OLCC completó la expedición de reglamentos permanentes en junio de 2024, con OLCC 7-2024 presentado el 21 de junio de 2024 y con efecto a partir del 28 de junio de 2024, haciendo de la entrega de alcohol una característica permanente de la ley de licores de Oregón.
¿Qué licenciatarios de licores de la OLCC pueden entregar alcohol en Oregón?
No todos los tipos de licencia son elegibles para entregar alcohol en Oregón. Los siguientes tipos de licencia pueden entregar alcohol directamente a un consumidor final:
- Ventas Completas en las Instalaciones
- Ventas limitadas en las instalaciones
- Ventas fuera de las instalaciones
- Cervecería-Pub
- Cervecería
- Bodega
- Privilegio de Ventas del Cultivador
- Ventas temporales
- Permiso de Embarcador Directo (solo bebidas malteadas, vino y sidra)
- Cualquier otra autorización según lo determine la OLCC por norma
Nota: Las reglas de entrega varían según el tipo de licencia y el tipo de alcohol que se entrega. Para un desglose completo, consulta nuestra publicación de blog: Leyes de entrega de alcohol en Oregón.
Los tres tipos de entidades de distribución de alcohol en Oregón
La ley de Oregón distingue entre tres tipos de entidades involucradas en la entrega de alcohol. Comprender la diferencia es importante porque los requisitos de capacitación varían según la categoría que le corresponda.
Empleados del licenciatario
Un licenciatario puede utilizar a sus propios empleados para realizar entregas directamente a un consumidor final. El licenciatario es responsable de garantizar que sus empleados de entrega cumplan con todos los requisitos de capacitación y acreditación.
Por ejemplo: Un repartidor empleado directamente por un restaurante que entrega cócteles para llevar a domicilio de los clientes.
Facilitadores de Entregas de Terceros (FET)
Un facilitador de entrega de terceros es una empresa que facilita la entrega de bebidas alcohólicas en nombre de un titular de licencia. Los TPDF deben contar con un permiso válido de Facilitador de Entrega de Terceros emitido por la OLCC, el cual debe renovarse anualmente a un costo de $500. Los repartidores que trabajan para un TPDF están sujetos a su propio conjunto de requisitos, que difieren de los que se aplican a los empleados del titular de la licencia.
Por ejemplo: Un repartidor de DoorDash, Uber Eats o Grubhub que entrega alcohol en nombre de un restaurante.
Transportistas por contrato
Un transportista por contrato es un transportista automotor, un transitario o un transportista aéreo, según se define en la ley federal. Los transportistas por contrato están explícitamente excluidos de los requisitos de Oregon para repartidores y TPDF; no están sujetos a las mismas reglas de capacitación o acreditación.
Por ejemplo: Un conductor de FedEx o UPS que envía cajas selladas de vino desde una bodega a un residente de Oregón.
Requisitos de Capacitación para la Entrega de Alcohol en Oregón
Todos los repartidores deben tener al menos 18 años de edad y poseer una licencia de conducir válida u otra identificación emitida por el estado. Más allá de eso, los requisitos de capacitación difieren según quién emplee al repartidor.
Empleados del licenciatario
El propio empleado de reparto de un concesionario debe tener uno de los siguientes:
- Un Permiso de Servicio de OLCC válido
- Un Permiso Temporal de Servicio OLCC válido
- Finalización de un programa de capacitación sobre entrega de alcohol aprobado por OLCC dentro de los últimos cinco años
Empleados del Facilitador de Entregas de Terceros (TPDF)
Un repartidor que trabaja para un TPDF tiene un conjunto más limitado de credenciales de calificación. Un permiso de servicio por sí solo no no calificar. Deben contar con:
- Finalización de un programa de capacitación sobre entrega de alcohol aprobado por OLCC dentro de los últimos tres años
- Una válida Certificado de finalización del programa de capacitación emitido en los últimos tres años
Adicionalmente, un repartidor de TPDF puede ser descalificado basándose en antecedentes penales en tres categorías: condenas por delitos graves violentos, condenas por delitos graves de drogas y condenas por delitos relacionados con el alcohol. Para más información, consulte OAR 845-005-0421(10)(b).
Referencia rápida: Requisitos de capacitación por tipo de entrega
| Empleado del Licenciatario | Empleado de TPDF | |
| Edad mínima | 18 | 18 |
| Se requiere identificación válida | Sí | Sí |
| Permiso de Servicio Califica | Sí | No |
| Programa de Capacitación de Entrega Calificado | Sí (dentro de 5 años) | Sí (dentro de 3 años) |
Transportistas por contrato
Los transportistas por contrato no están sujetos a los requisitos de capacitación de la OLCC. Como transportistas regulados federalmente, cualquier obligación de capacitación que puedan tener recae bajo la ley federal, no bajo la ley de licores de Oregón.
¿Qué es un programa de capacitación sobre entrega de alcohol aprobado por la OLCC?
El curso de capacitación sobre entrega de alcohol de OLCC es un separar el programa del curso estándar de Educación para Servidores de Alcohol. Contiene información específica de entrega que no se aborda en el curso de Educación de Servidores.
Para ser aprobado por la OLCC, un programa de capacitación de entrega debe incluir capacitación sobre al menos lo siguiente:
- Formas de identificación requeridas por ORS 471.130 y métodos para identificar, inspeccionar, aceptar o rechazar la identificación
- Señales de intoxicación visible y métodos para reconocer estas señales y para negarse a entregar bebidas alcohólicas a un consumidor final
- Reglas adoptadas por la Comisión relativas a la entrega de bebidas alcohólicas a un consumidor final
Para los repartidores de TPDF específicamente, la capacitación debe ser proporcionada por el TPDF mismo o por un tercero contratado por el TPDF.
Varios proveedores ya han presentado cursos de capacitación que han sido aprobados por el OLCC. Tyler Glaze ([email protected]) en la OLCC verifica el cumplimiento del proveedor y puede responder preguntas sobre los programas y requisitos aprobados.
¿Cómo empiezo con la entrega de alcohol en Oregón?
Si usted es un licenciatario que busca ofrecer entrega de alcohol, el primer paso es asegurarse de que su tipo de licencia sea elegible y que sus empleados de entrega cumplan con los requisitos de capacitación descritos anteriormente.
Si usted es un repartidor que trabaja para un licenciatario, verifique si tiene un Permiso de Servicio OLCC válido o si ha completado un Programa de Capacitación de Entrega de Alcohol aprobado por el OLCC dentro de los últimos cinco años.
Craft Serving ofrece un Curso de Educación para Servidores de Alcohol de Oregón que cumplen con el requisito del permiso de servicio para la entrega de alcohol en Oregón por parte de los propios empleados de entrega de los concesionarios.
⚖️ Leyes y Normas de Oregón Mencionadas en Este Artículo
- ORS 471.521 — Definiciones para ORS 471.521 a 471.537
- ORS 471.282 — Permiso de expedidor directo
- OAR 845-006-0391 — Entrega de bebidas alcohólicas a personas — Definiciones
- OAR 845-006-0392 — Requisitos para la entrega de contenedores de vino y sidra sellados por el fabricante y cubiertos de forma segura a un consumidor final
- OAR 845-006-0396 — Requisitos para la entrega de envases de bebidas malteadas sellados por el fabricante y cubiertos de forma segura a un consumidor final
- OAR 845-006-0399 — Venta de Bebidas Mixtas y Porciones Individuales de Vino por Licenciatarios de Ventas Completas en el Local para Consumo Fuera del Local y Entrega a un Consumidor Final
- OAR 845-005-0421 – Cualificaciones, Requisitos y Autorizaciones del Permiso para Facilitador de Entregas de Terceros




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